La ley dominicana, sobre divorcio no. 142 del 1971 contempla un procedimiento especial que permite a los extranjeros obtener su divorcio por ante los tribunales de la República, en el breve plazo de un día. Las condiciones para obtar por este tipo de divorcio de breve plazo son las siguientes:

1- Ser extrajero
2- Que la base del divorcio sea el mutuo consentimiento de las partes
3- Tener previamente un acuerdo de separación y distribución de los bienes (De no poseerlo, se cargara un costo adicional de US300 o 0.5% del total del valor de los bienes).


REQUISITOS:

1- Fotocopia de los pasaportes de los cónyuges
2- Acuerdo de separación
3- Poder especial de abogado suscrito por el cónyuge no compareciente (con uno de nuestos abogados)
4- Copia certificada del Acta de Matrimonio
5- Copia certificada de las Actas de Nacimiento de los hijos menores (si aplica al caso)


RECOMENDACIONES

Los documentos requeridos deben estar por lo menos 7 dias antes de la fecha de la audiencia de divorcio y el conyugue compareciente por los menos un día antes de dicha audiencia.

info@friasabogados.com.do